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Declaraciones
DECLARACIÓN DEL MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE CUBA. La Habana, 14 de marzo de
2001
El Ministerio de Relaciones Exteriores ha leído con preocupación los
despachos cablegráficos fechados en Panamá el día 13 de marzo del año 2001
y las informaciones publicadas hoy, 14 de marzo, en la prensa panameña,
sobre las declaraciones que se le atribuyen a la Sra. Mireya Moscoso,
Presidenta de la República de Panamá, en conferencia de prensa ante los
corresponsales extranjeros acreditados en ese país istmeño.
Se indica que la Presidenta de Panamá le expresó a los corresponsales que
su país no extraditaría hacia Cuba al notorio terrorista internacional
Luis Posada Carriles, detenido en Panamá, junto a tres cómplices, por
haber intentado ejecutar un plan para asesinar al Comandante en Jefe Fidel
Castro Ruz, Presidente de la República de Cuba, durante la X Cumbre
Iberoamericana el pasado mes de noviembre, cumpliendo instrucciones de la
mafia anexionista radicada en Miami.
Según los medios de prensa, la Presidenta Moscoso adujo que el motivo para
no acceder a la extradición solicitada consistía en que los delitos que se
le imputaban al terrorista era punibles en Cuba con la pena de muerte.
El Gobierno de la República de Cuba, en total consonancia con la
legislación panameña, en particular el Código Judicial de la República de
Panamá solicitó, dentro de los plazos legales establecidos, la extradición
del terroristas Luis Posada Carrilles y de los terroristas Gaspar Jiménez
Escobedo, Pedro Remón y Guillermo Novo Sampol, para lo cual no solo
entregó los expedientes de extradición correspondientes, sino que también
accedió a cumplir con total satisfacción de la parte panameña, los demás
requerimientos que le fueron señalados por la Cancillería de la República
de Panamá. Entre tales requerimientos, las autoridades judiciales cubanas
se comprometieron formalmente a que, de ser extraditados los cuatro
terroristas a Cuba, no se les aplicaría la pena de muerte, cumpliendo así
lo estipulado en el Código Judicial de la República de Panamá para estos
casos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda que Luis Posada Carriles
fue el responsable directo de la destrucción en pleno vuelo, en 1976, de
un avión de Cubana de Aviación que cayó frente a las costas de Barbados y
de los atentados terroristas con bombas que se cometieron contra hoteles
cubanos en 1997, así como de numerosos crímenes contra nuestro país;
mientras que sus tres cómplices, también detenidos en Panamá, son
responsables directos no solo de acciones terroristas contra Cuba e
instalaciones cubanas y de otros países, sino de la muerte de ciudadanos
cubanos, como fuera el caso de Félix García Rodríguez, diplomático cubano
asesinado mientras prestaba servicios en la Misión Permanente de Cuba ante
la ONU, y del técnico pesquero cubano Artañán Díaz Díaz, en México.
Durante las últimas semanas, la Embajada de Cuba en Panamá se ha visto
obligada a formularle varios llamados de alerta a las autoridades
panameñas con respecto a las medidas de seguridad que deben tomarse hacia
los terroristas detenidos en ese país, dos de los cuales, Luis Posada
Carriles y Gaspar Jiménez Escobedo, han sido protagonistas de fugas de las
prisiones de Venezuela y México donde, respectivamente, se hallaban
recluidos por su actividad delictiva y criminal.
Asimismo, también se ha sabido que personeros de la mafia cubanoamericana
de Miami y, particularmente representantes de la FNCA, han viajado
recientemente a Panamá, y han intentado presionar a sus autoridades para
lograr la liberación de los cuatro terroristas, que han realizado durante
años sus actividades contra Cuba al amparo y bajo las órdenes de las
tenebrosas organizaciones anticubanas radicadas en el territorio de los
Estados Unidos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores espera que los comentarios que se
le atribuyen a la Sra. Presidenta de Panamá por la prensa internacional,
no sean indicativos de la posición oficial que adoptará el Gobierno de la
República de Panamá, máxime cuando Cuba ha cumplido con el más escrupuloso
rigor todos los requisitos que la legislación panameña establece para los
casos de extradición, y cuando la Cancillería de la República de Panamá,
único organismo facultado por la legislación panameña para aceptar o
rechazar las solicitudes de extradición, aún no se ha pronunciado.
La Habana, 14 de marzo de 2001
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